Será el 12 de enero cuando juez defina si Ovidio Guzmán es extraditado a EU

Ovidio Guzmán López, “El Ratón” fue notificado de la suspensión provisional que frena su entrega a los Estados Unidos donde es requerido para ser juzgado por delitos relacionado con narcotráfico.

Juan Mateo Brieba de Castro, titular del juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la capital del país, determinó que no puede ser entregado a las autoridades norteamericanas hasta que defina si concede la suspensión definitiva o la niega.

“Se decreta la suspensión provisional, para que las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan y el quejoso quede a disposición de este juzgado de distrito por lo que a su libertad personal se refiere. Quedando como consecuencia de esta determinación a disposición de cuya autoridad se encuentra, para la continuación del procedimiento que se le sigue. Se decreta la suspensión provisional respecto del acto de extradición y su ejecución, para el efecto de que no se ejecute y el quejoso quede en el lugar en el que se encuentre a disposición de este juzgado, solo con relación a su libertad personal y no sea entregado al Gobierno de los Estados Unidos de América”.

En la lista de acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), también se detalla que solo hay captura con fines de extradición, según la información proporcionada por la Fiscalía General de la República (FGR).

“Del contenido del informe de suspensión rendido por el fiscal general de la República, se advierte que esa autoridad refirió que existe una orden de detención con fines de extradición dentro del proceso de extradición 6/2019 y que se encuentra a disposición un juez de distrito especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el interior del Centro Federal de Readaptación Social Número 1 Altiplano”.

El juez informó que el 12 de enero determinará si concede la suspensión definitiva o la niega, mientras recaba la información de las autoridades para tomar una decisión.

“Se señalan las catorce horas con seis minutos del doce de enero de dos mil veintitrés para la celebración de la audiencia incidental. Con copia de la demanda pídase a las responsables sus informes previos, los cuales deberán rendir dentro de cuarenta y ocho horas”.

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