Juez exige al Congreso modificar legislación sobre desaparecidos

El Congreso de Puebla se encuentra en la obligación de revisar y modificar la legislación relacionada con casos de desaparición, particularmente aumentando la disponibilidad de la Declaración de Ausencia, con el propósito de brindar protección a los familiares de las personas desaparecidas.

Este importante paso ha sido instado por una resolución judicial obtenida por la Clínica Jurídica Minerva Calderón de la Universidad Iberoamericana Puebla, en colaboración con el colectivo Voz de los Desaparecidos de Puebla, la sentencia emitida por el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil en Puebla establece que el Congreso de Puebla ha sido negligente en el cumplimiento de sus responsabilidades para alcanzar los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Esto incluye la implementación de medidas de protección para las víctimas, incluyendo a sus familiares, en casos de desaparición, permitiéndoles obtener una Declaración Especial de Ausencia, esta Declaración Especial de Ausencia es esencial ya que permite a los familiares recurrir a un tribunal civil para obtener una resolución que proteja los derechos de la persona desaparecida.

Esto les proporciona una especie de representación legal, con la presunción de que la persona desaparecida está viva, lo que facilita el ejercicio de sus derechos por parte de sus familiares, en la legislación actual, el Código Civil solo contempla la presunción de muerte, lo que hace necesario que el Congreso modifique la ley para incorporar la declaración de ausencia, en la cual no se presume la muerte y se deben garantizar los derechos tanto de la víctima como de sus familiares, incluyendo cuestiones relacionadas con el patrimonio.

La sentencia subraya que la desaparición es una práctica generalizada que afecta a todo el país y que el número de víctimas asciende a cientos de miles, evidenciando patrones comunes.

Según la Universidad Iberoamericana, hasta el momento, 15 entidades no han cumplido con el plazo de 180 días establecido por la Ley General de Desaparición Forzada para legislar sobre este tema, a pesar de que el Congreso emitió la Ley de Búsqueda de Personas, no incluyó la declaración de ausencia en el Código Civil.

La jueza de Distrito, Blanca Alicia Lugo, ha ordenado que el proceso legislativo sobre la declaración de ausencia debe prevalecer sobre intereses políticos, priorizando esta importante cuestión sin excusas, independientemente de quién ocupe el cargo y siguiendo los principios que rigen la administración pública.

Por lo tanto, se presentará una iniciativa ante el Congreso de Puebla el próximo jueves como resultado de esta resolución, la decisión judicial se originó a partir del caso de Maru, una afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuya hija desapareció en 2021, como resultado de esta sentencia, Maru logró obtener un amparo que le permite recibir atención médica para su nieta, aunque no es la madre de la niña.

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