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Sentencia CoIDH al Estado mexicano por caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortiz

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió este miércoles una sentencia contra el Estado mexicano, puesto que determinó que es culpable de violaciones a los derechos humanos en el caso de Daniel García, quien estuvo 17 años en prisión preventiva oficiosa sin recibir sentencia y además fue víctima de tortura.

En la sesión realizada este miércoles 12 de abril, la CoIDH señaló que el Estado Mexicano es responsable de la violación a los derechos a la integridad personal de las garantías de la libertad e igualdad ante la ley y a la protección judicial, cometidas en perjuicio de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortiz, en el marco de su detención y privación de la libertad y del proceso penal del cual fueron objeto.

Al notificar la sentencia, Joel Ricardo Pérez Manríquez, Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, señaló que Daniel García y Reyes Alpizar pasaron más de 17 años en arraigo y posterior Prisión Preventiva Oficiosa encerrados en el penal de Barrientos en Tlalnepantla, lo que motivo la denuncia ante la CoIDH.

Joel Ricardo Pérez Manríquez, indicó que se notificó al Estado Mexicano sobre la sentencia en la que se determinó que es responsable de la violación a derechos humanos en contra de ambos mexicanos.

“El Estado Mexicano es responsable de la violación a los derechos a la integridad personal, de las garantías personales, de la libertad personal, a las garantías de igualdad ante la ley y a la protección judicial, cometidas en perjuicio de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpizar Ortiz, en el marco de su detención y privación de la libertad y del proceso penal del cual fueron objeto. Para esta Corte es claro que la extensión por más de 17 años de la prisión preventiva significó en los hechos que se aplicara a los procesados una pena encubierta sin una condena, puesto que constituyó una medida punitiva sin previo juicio acompañado de sus garantías, y por un lapso que excede todo plazo razonable ya que este correspondió aproximativamente a la mitad de la pena que se impuso en la sentencia condenatoria”, indica el fallo de la CoIDH.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, determinó también que Daniel García fue sometido a malos tratos y torturas psicológicas por parte de las autoridades del Ministerio Público del Estado de México.

“Los maltratos psicológicos que fueron descriptos por Daniel García son de una extrema severidad pues consistieron en amenazar y detener a sus familiares y seres queridos. Además, buscaban una finalidad precisa que consistió en obtener su confesión y firma de documentos implicando a otras personas”, indicó la CoIDH.

En su sentencia, la CorteIDH ordenó a México concluir los procesos penales, revisar la pertinencia de mantener medidas cautelares, y excluir del proceso los antecedentes incriminatorios obtenidos bajo coacción o tortura.

“El uso de la tortura como mecanismo para obtener confesiones o antecedentes incriminatorios del imputado o acusado no puede tener otra consecuencia que la exclusión de la prueba. De lo contrario, la prohibición de tortura quedaría vaciada de contenido, convirtiéndose en un derecho meramente formal sin ninguna consecuencia operativa”, advierte la sentencia.

El Estado mexicano también está en la obligación de investigar y sancionar a los responsables de los actos de tortura. Además, México deberá adecuar a estándares internacionales su ordenamiento jurídico interno sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo.

También ordenó al Estado mexicano pagar indemnizaciones a Daniel García y Reyes Alpizar, víctimas por concepto de daños materiales e inmateriales.

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