INE aprueba lineamientos para fiscalizar procesos políticos y regular a aspirantes presidenciales
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ha aprobado por unanimidad, en lo general, la emisión de los Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos políticos, actos, actividades y propaganda llevados a cabo por los aspirantes presidenciales, en cumplimiento de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Estos Lineamientos tienen como propósito establecer normas para regular y fiscalizar los procesos políticos en los cuales las fuerzas políticas elegirán a sus representantes. Se definen como el conjunto de actos, actividades y propaganda realizados por partidos políticos y cualquier persona con el fin de establecer una estrategia para posicionar y/o definir liderazgos políticos que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como otros procesos similares.
La fiscalización de los Procesos Políticos será realizada de manera especializada y con rendición de cuentas por la Comisión de Fiscalización y la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del INE. Los sujetos a ser fiscalizados incluyen a los partidos políticos nacionales (PPN), las personas inscritas en dichos procesos y, en su caso, otros contribuyentes.
Los gastos realizados por los partidos políticos para estos procesos, así como las aportaciones de la militancia y simpatizantes, formarán parte del gasto ordinario. Los partidos políticos deberán establecer topes de gastos que cada Persona Inscrita podrá aplicar a los gastos directamente vinculados a ella, que no podrán exceder la cantidad de 34 millones 370 mil 666.00 pesos por persona inscrita.
La UTF llevará a cabo monitoreos y visitas de verificación para identificar actos como eventos, recorridos y distribución de propaganda, documentándolos mediante actas circunstanciadas. Se establece la prohibición del uso de prerrogativas de acceso a tiempos oficiales de radio y televisión para la difusión de los Procesos Políticos. Los partidos políticos solo podrán difundir propaganda genérica relacionada con sus actividades permanentes y principios, sin mencionar a personas inscritas.
El INE también tiene la facultad de ordenar el retiro inmediato de propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral o que no incluya la identificación del proceso político y, en su caso, de la persona inscrita. El retiro de propaganda no conforme con la normatividad deberá realizarse en un plazo de cinco días naturales a partir de la notificación.
Los Lineamientos buscan reencauzar acciones políticas que no están dentro de la ley y garantizar la equidad en la contienda electoral. El INE exhorta a los actores políticos a respetar las reglas y conducirse dentro de la legalidad y la ética. Además, se instruye a la Junta General Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a delimitar las Circunscripciones de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México para el Proceso Electoral Local 2023-2024.