TEPJF descarta actos anticipados de campaña de ministras de la Suprema Corte

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  • No había condiciones para iniciar un procedimiento sancionador.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió no dar curso a la denuncia interpuesta contra las ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz Ahlf, quienes fueron señaladas por presuntamente incurrir en actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con fines electorales.

Con esta decisión, la Sala Superior del TEPJF respaldó la resolución previa del Instituto Nacional Electoral (INE), que había desechado la queja al considerar que no existían elementos suficientes para iniciar una investigación formal.

Durante la sesión, se sometió a debate una propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien planteaba la posibilidad de continuar la revisión de 10 publicaciones en redes sociales y medios digitales, de un total de 99 señaladas originalmente. Según el magistrado, esas publicaciones podrían constituir actos anticipados de campaña y merecían ser investigadas.

Ante este punto, los magistrados, Mónica Soto, Felipe de la Mata y Alfredo Fuentes Barrera, votaron en contra, argumentando que la Unidad Técnica del INE ya había evaluado los elementos y no había condiciones para iniciar un procedimiento sancionador.

 

 


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