Congreso del estado fortalece los sistemas de denuncia en casos de maltrato animal

A través de reformas aprobadas por el Congreso del Estado en materia de bienestar animal, se han fortalecido los mecanismos de denuncia en casos de maltrato, con el objetivo de fomentar una cultura de cuidado y protección de los seres sintientes, así como de participación ciudadana y tenencia responsable.

La Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla ahora establece que la denuncia popular podrá formularse por vía telefónica y correo electrónico, en estos casos, el servidor público que la reciba levantará un acta circunstanciada y el denunciante deberá ratificarla por escrito en los tres días hábiles siguientes, las autoridades competentes también podrán investigar de oficio los hechos.

Este nuevo mecanismo se suma a los medios que ya contemplaba el ordenamiento, como la denuncia popular por escrito o por comparecencia, que debe contener los actos y omisiones denunciados, así como los datos que permitan identificar al presunto infractor.

El objetivo de estas reformas, que entraron en vigor el 21 de marzo de 2024, es fortalecer la atención de los animales con una visión integral y socialmente responsable, acompañada de la tarea institucional.

Entre las nuevas disposiciones se regula la adopción o venta de animales a personas menores de 18 años, la cual queda prohibida si no están acompañadas por una persona mayor de edad que se haga responsable ante el vendedor de la adecuada subsistencia, trato digno, bienestar y respeto para el animal.

También se establece que las personas físicas o morales cuya actividad comercial sea la cría de animales deben administrarles alimento adecuado, suplementos alimenticios y utilizar métodos naturales o artificiales de reproducción que no causen dolor, sufrimiento, daño o desórdenes de comportamiento.

En el caso de perros y gatos, de acuerdo a su edad, raza y tamaño, no podrán ser utilizados para reproducción cuando tengan más de cuatro años.

Para garantizar el cuidado y la tenencia responsable de los animales, el Código Penal del Estado contempla sanciones de 10 meses a dos años de prisión y de 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización para quien abandone a un animal de compañía que se encuentre bajo su responsabilidad y cuidado.

Además, se impondrán de dos a cinco años de prisión y multa de 200 a 400 Unidades de Medida y Actualización a la persona que organice, promueva, difunda o realice una o varias peleas de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad.

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